Hola a todos,
| Este tipo de cuestiones es preferible que las consulte en su oficina del Inem, pues Bubok retiene un 15% de IRPF de los beneficios que cobra el autor y los presenta en Hacienda. Lo que hay que tener claro es que eso hay que declararlo a Hacienda en la declaración de la renta correspondiente del año siguiente porque Hacienda tiene el dato del beneficio en sus bases de datos.Ha de consultar si estos ingresos esporádicos pueden ser o no compatibles con su prestación por desempleo. Te remito a un hilo del foro que habla de este tema y lo explica muy bien. |
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Muchas gracias por la información, le paso a mi amigo el link con toda la información que ha escrito Pushitup, que es casi como una pequeña "Biblia" sobre el tema y le comentaré lo de acercase al paro; de todas formas, no sé si es contraproducente hacerlo, pues, cómo preguntas allí ....oíga, esto... ¿puedo trabajar en algo -por poco rendimiento onerario que me aporte- y seguir cobrando la prestación?. Preguntaremos al "Gurú" y mientras le diré a mi amigo que acabe el libro... ¡y lo publique cuando encuentre trabajo! Muchas gracias y un abrazo, ManuBen.
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