hola amigos bubokoneros:
llevo tiempo cuestionándome hasta qué punto es necesario presentar obras de teatro a registrarlas en la SGAE, fundamentalemnte en cuestión de registros para evitar plagiadores y "listillos", ¿Vale sólo con el depósito legal? ¿es más legal el depósito lega? ¿y el registro de la propiiedad intelectual, es efectivo tengo la sensación de que al final aquí todos quieren apuntarse al tren del yo yo yo y así esto no puede funcionar bien.
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Hola rafaelcastromartin, La SGAE es una empresa gestora de derechos de autor, pero no se registran las obras si no los autores de las obras que han de estar registradas en la porpiedad intelectual. Para registrar la obra ha de hacerse en el Registro de la propiedad intelectual, pero ello no impide el plagio. Cualquiera puede palgiar cualquier cosa, pero en caso de ocurrir, el autor que tenga esa obra registrada con anterioridad (ya sea en el registro como con su ISBN de primera publicación), a nivel legal será considerado el autor de la obra y por tanto el que pueda denominarse autor de la misma. Es decir, listillos y plagiadores los habrá siempre y no se puede evitar, lo que se puede es via legal demostrar que es un plagio de una obra de tu propiedad con papeles y registros. Un saludo |