| Hola guille. No es que sea necesario... es conveniente. La propiedad intelectual es lo primero que se debería solicitar. Si vas a exponer de forma pública tus cosas te conviene cunado menos justificar tu autoría, de lo contrario te expones a que otro más espabilado la asuma y tu gozo se quede en un pozo, ¿comprendes? Tarda un tiempo, pero queda registrada incluso la hora de entrada en el registro de autores, aunque el copri te tarde en llegar unos meses, tienes una forma de demostrar que es tuya. Espero haberte ayudado. |
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Hola, Como dice Celsita es conveniente el registro del texto en la Propiedad intelectual, aunque no estrictamente necesario. Por otro lado, si vas a incluirle un ISBN a tu obra antes de ponerla en estado Publicado, este ejerce el mismo papel que un registro en la propiedad intelectual, concediendote la primera impresión del libro y dándote los derechos sobre la obra. Es una cuestión de tiempos, es decir, a la hora de demostrar la autoria de una obra, el que demuestre el registro o la publicación de fecha más antigua se la queda. Por ello es importante que la obra que se suba a Bubok antes de ponerse en modo público esté registrada o tenga ISBN.. Un saludo |