Una vez publicado en bubok, que pasa con los derechos de lo publicado?? Siguen siendo del autor en su totalidad no ?? Gracias!
|
Os estais equivocando gravemente. O quizá solo ignorando un aspecto de vital importancia. SI NO REGISTRAIS LOS DERECHOS DE INTELECTUALIDAD EN EL DEPARTAMENTO DE CULTURA DE LA BIBLIOTECA PÚBLICA O DE LA GENERALIDAD DE VUESTRA COMUNIDAD CUALQUIERA OS PUEDE ROBAR LA OBRA. TENEIS QUE REGISTRAR LOS DERECHOS DE INTELECTUALIDAD. |
|
cita de antonioheras
o sea, que si una editorial, luego, se interesara por tu obra, la podría publicar sin problemas, no?
Sí, la podrías publicar sin problemas porque Bubok no te exige exclusividad. Pero, seguramente esa editorial sí te exigiría retirarla de Bubok, porque ellos sí suelen trabajar en exclusiva con los autores. |
|
No tiene nada que ver la propiedad intelectual, la obre siempre será tuya, con la cesión de uno o todos los derechos sobre ella. Sobre el Registro de la Propiedad recomiendo usarlo, pero no sacralizarlo. No es más que una prueba. Como puede serlo que todos hemos visto tu obra en Bubok y que Bubok ha registrado su subida a no ser que la persona que te intenta robar presente una prueba anterior. |
|
El registrar la obra en el Registro de Propiedad Intelectual es cuestión de prueba. Es conveniente hacerlo. Para registrar la obra, ésta debe ir en páginas numeradas. Se puede imprimir la obra en DIN-A4 y encuadernarla en espiral o canutillo. Por supuesto, no hace falta que esté encuadernada con pegado de Bubok ni que tenga el mismo tamaño que el que va a tener en la edición. En la primera hoja debe ir el nombre del autor y el título de la obra. La numeración empieza en la hoja siguiente.
|